Corte de Apelaciones de Santiago falla a favor del MOP sanción aplicada a Sociedad Inmobiliaria La Foresta por modificación de cauce en la comuna de Limache

La Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas, tras rechazar un recurso de reclamación interpuesto por Sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Foresta Limitada en contra de una multa de aproximadamente $24.438.421 por modificación de cauce, infringiendo el Código de Aguas al no contar con la autorización de la DGA.

Según explicó el director regional de Aguas del MOP Valparaíso, Camilo Mansilla, “la fiscalización se originó tras una denuncia por trabajos de relleno de quebradas que se estaban realizando en el Fundo Cajón de Lebu, comuna de Limache, provincia de Marga Marga. Por lo que en la visita inspectiva al sector realizada en junio de 2021, el equipo fiscalizador verificó un atravieso utilizado como camino vehicular sobre el cauce en quebrada natural, consistente en relleno de material de áridos compactado en una extensión de 30 metros aproximadamente”.

A partir de la visita inspectiva y de la revisión complementaria de otros antecedentes, la DGA estableció que el relleno de tierra que atraviesa el cauce de la quebrada natural data entre el segundo semestre del año 2015 o inicio del primer semestre de 2016 y que revisado el Catastro Público de Aguas de la DGA no existe autorización de proyecto de obra de cauce, determinando en octubre de 2021 aplicar al infractor una  multa de 462,481 UTM a beneficio fiscal y ordenándole destruir la obra o modificarla a fin de restituir el cauce a su curso anterior.

De este modo, la empresa tenía 30 días para ejecutar la instrucción de la DGA, presentando un proyecto regido por las normas del Código de Aguas para no entorpecer el normal escurrimiento de las aguas, el cual fue ingresado a la DGA Valparaíso con fecha 25 de enero de 2022. Actualmente dicho proyecto se encuentra en revisión por parte de la dirección regional de Obras Hidráulicas, por tanto, está pendiente la resolución en la DGA Valparaíso respecto a si cumple o no con las exigencias mínimas que requiere para su aprobación.

Cabe señalar que los factores que se tomaron en cuenta para aplicar la multa por infringir los artículos 41 y 171 del Código de Aguas fueron el entorpecer el régimen de escurrimiento de las aguas y alteración del cauce, además que a la fecha de la fiscalización regía un decreto de escasez hídrica vigente desde marzo de 2021.

La Sociedad Inmobiliaria hizo uso de la facultad que le otorga el artículo 136 del Código de Aguas y presentó un recurso de reconsideración ante la DGA, solicitando dejar sin efecto la multa. Sin embargo, la DGA rechazó el recurso de reconsideración en julio de 2022.

Posteriormente, la empresa en el marco del artículo 137 de Código de Aguas, interpuso un recurso de reclamación ante la Corte de Apelaciones de Santiago. No obstante, en marzo de este año la instancia judicial rechazó dicha reclamación, respaldando la determinación de la DGA al sostener que actuó en el marco de su competencia legal y acorde a las normas legales que la regulan. Al respecto, Mansilla precisó que el 18 de abril pasado la Sociedad Inmobiliaria presentó un recurso de casación en la Corte Suprema en contra de lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Por último, el director regional de Aguas del MOP Valparaíso indicó que “el objetivo de la fiscalización no es la recaudación de fondos para las arcas fiscales, sino que particulares y empresas hagan el aprendizaje y actúen acorde al marco normativo existente para no perjudicar a otras personas ni obstaculizar el normal escurrimiento de las aguas”

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