Despachan a Sala norma que establece la realización diaria de actividad física en los jardines y escuelas

Por concluido dieron los integrantes de la Comisión de Salud, el debate en particular del proyecto que busca estimular la actividad física y el deporte en los establecimientos educacionales. Esto luego de votar las diez indicaciones presentadas por el Ejecutivo haciendo ciertas modificaciones.

La norma en primer trámite, corresponde a una moción de autoría de los senadores Francisco Chahuán y Pedro Araya, junto al actual diputado Carlos Bianchi y los ex parlamentarios Rabindranath Quinteros y Guido Girardi.

Su objetivo es garantizar que los estudiantes de educación parvularia a media, realicen alguna práctica física (la que no se podrá conmutar a la clase de educación física) dentro de los establecimientos educacionales consistentes en ejercicios de alta o baja intensidad, de carácter formativo, lúdico, no profesional, integrativo y no discriminatorio, durante toda su jornada escolar.

Así propone que, al inicio de cada jornada, la institución promoverá la realización de 30 minutos de actividad física. A su vez, al comienzo de cada asignatura, el profesor a cargo, instará a realizar 5 minutos de actividad física de baja intensidad.

En los tiempos de recreo, pausa o receso estudiantil, se promoverá el deporte y la realización de juegos, ejercicios o actividades físicas colectivas, competitivas o no competitivas. Para ello, el establecimiento educacional pondrá a disposición todos los recursos e implementos deportivos con los que cuente.

En el debate desarrollado el martes 21 de enero, los parlamentarios y parlamentarias analizaron qué se entiende por “niño, niña y adolescente (NNA)” y la viabilidad de reemplazarlo por “niño, niña y estudiante”, todo con el fin de incluir a los preescolar en la ley. Así se optó por la primera opción considerando el uso que se hace en otras legislaciones.

También se aprobaron los siguientes apartados:

“Los establecimientos educacionales promoverán la práctica de actividad física, deportes o juegos, en tanto herramientas de aprendizaje orientadas al bienestar físico y mental de NNA. Para ello deberán incluir en sus planes de gestión, metodologías activas y participativas.

Estos establecimientos promoverán la práctica de actividad física en al menos, 60 minutos diarios de juegos, actividad física o deporte, a lo largo de la jornada educativa en concordancia con su proyecto educativo.

En ningún caso la enfermedad o discapacidad será razón para que el establecimiento decida excluir a un NNA de participar en las actividades debiendo hacer los ajustes necesarios a su infraestructura”.

Respecto al entrada en vigencia de la ley, se respaldó que “la norma entrará en vigencia al inicio del año escolar siguiente de su publicación”. Su implementación tendrá un carácter gradual: en un primer año, deberá aplicarse a niños y niñas de educación parvularia a cuarto año básico; y en un segundo año, a NNA de quinto básico a cuarto año medio.

Ahora la propuesta será votada en la Sala de Sesiones en una próxima sesión ordinaria.

 

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