Este es un fin de semana importante para quienes trabajan realizando cargas en sus hombros. Y es que a partir de este domingo 17 de septiembre, en plenas Fiestas Patrias, entra en vigencia la llamada Ley del Saco, una modificación al Código del Trabajo que reduce el peso de carga máxima permitido para la manipulación manual que hagan las y los trabajadores.
La nueva norma importa por estos días porque en las fondas hay muchos trabajadores que cargan sacos, hielos o bien cajas con alimentos y bebidas. Y es que la ley reduce, de 50 a 25 kilos, el peso máximo de manipulación manual en el caso de los hombres mayores de 18 años. ¿Y qué pasa con las mujeres y los menores de 18 años? Sólo podrán cargar hasta 20 kilos.
“Uno de los problemas más importantes para la salud de los trabajadores son los trastornos musculo esqueléticos”, explicó la subsecretaria de Previsión Social, Jeannette Jara. Manifestó también que, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), esas enfermedades constituyen una de las principales causas de ausentismo laboral en el mundo.
“En nuestro país las estadísticas indican que el lumbago se ha mantenido en el tercer lugar de los diagnósticos entre 2007 y 2015, reportándose, en promedio, más de 10 mil casos anuales. La mayoría de ellos corresponden a trabajadores que, debido a labores de carga asociadas a su trabajo, se ven afectados en su salud. Y como estamos en Fiestas Patrias y hay trabajadores que por estos días realizan estas labores, es algo que tenemos que relevar para que los fonderos no olviden sus obligaciones respecto de sus trabajadores”, agregó.
Por otro lado, la Ley del Saco establece que el empleador debe implementar medidas de seguridad y mitigación, tales como rotación de trabajadores, disminución de las alturas de levantamiento o de la frecuencia con la que se manipula la carga.
La Subsecretaria Jeannette Jara manifestó que el objetivo de la legislación es la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, estableciendo un enfoque preventivo para evitar los riesgos derivados del manejo o manipulación manual de carga.
“Este enfoque no se restringe sólo a no sobrepasar los límites señalados, sino al deber del empleador de realizar una correcta identificación y evaluación de los riesgos, establecer procedimientos de trabajo seguro e informar y capacitar a los trabajadores sobre la manipulación correcta de las cargas, además de establecer medidas de control para el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo”, indicó.
En esa línea, la norma señala que los trabajadores tienen derecho a realizar su trabajo en condiciones de seguridad, de tal forma que su salud e integridad física y psíquica estén debidamente resguardadas. La seguridad y salud laboral son conceptos que forman parte del trabajo decente que impulsa la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
A partir de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, firmada en 2015 por la Presidenta Michelle Bachelet, se han impulsado leyes y cambios normativos que protegen la seguridad y la salud de los trabajadores. Esto, tras fructíferos diálogos tripartitos –con participación de los trabajadores, del Estado y los empleadores– para la construcción políticas públicas en salud ocupacional.
“Así, esta modificación se convierte en una mejora sustantiva en materia de prevención de los riesgos laborales, reflejando el compromiso y los avances concretos de la tarea desarrollada por el Gobierno, siendo, sin duda, una muy buena noticia para todas y todos los trabajadores”, declaró la subsecretaria.
Por último, indicar que las sanciones contemplan sanciones que van de 9 a 60 UTM, por el incumplimiento de los pesos máximos a levantar, dependiendo del número de trabajadores de la empresa.