Listo para ser promulgada como ley de la República quedó el proyecto que obliga a disponer de desfibriladores externos, automáticos y portátiles en lugares con alta concurrencia de público, como centros comerciales, terminales de buses o ferroviarios, metros, estadios, puertos, aeropuertos, recintos deportivos, establecimientos educacionales, casinos de juegos, hoteles, centros de eventos, ferias, centros de atención de salud, cines y teatros.
La ubicación de estos desfibriladores deberá estar debidamente señalizada y su acceso deberá ser expedito y libre de obstáculos para su uso cuando sea requerido.
Está comprobado que con la presencia de un desfibrilador, en el 70% de los casos es posible recuperar a una persona de un infarto cardíaco.
En palabras simples, el senador Francisco Chahuán, miembro de la Comisión de Salud del Senado, señala que este equipo puede hacer la diferencia entre la vida o la muerte. “Se trata de un proyecto de ley que presentamos en el 2013 por una situación personal, mi padre falleció de un infarto cardiovascular, en un primer momento un desfibrilador le permitió recuperarse y luego en un nuevo infarto, la ausencia de un desfibrilador termino con su vida”, sentenció.
El proyecto define que un reglamento, que deberá ser dictado dentro de los seis meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, establecerá las características de los equipos y deberá contemplar las normas respecto de la ubicación, gabinetes y otros elementos que aseguren el rápido y público acceso de estos instrumentos, además de las orientaciones para el uso de estos dispositivos.
El tema cobra importancia en los últimos días debido al fallecimiento de una persona de 51 años que participaba de la Maratón de Santiago, quien luego de sufrir un ataque cardíaco fue atendido por una ambulancia que no contaba con desfibrilador. A juicio del senador RN, por su edad este hombre hubiera aguantado hasta llegar al hospital tras la reanimación.