MINVU inicia postulaciones al subsidio de arriendo para personas mayores y con discapacidad

Un llamado especial hicieron la seremi Minvu, Belén Paredes y el director de Serviu, Rodrigo Uribe, para invitar a postular al Subsidio de Arriendo para el Adulto Mayor, que este año incluye como población objetivo, a quienes presenten una condición de discapacidad, sean o no adultos mayores, dando continuidad a la línea de atención al adulto mayor.

El llamado que estará abierto hasta el 31 de agosto próximo, considera a personas con discapacidad mayores de 18 años, cuya situación esté acreditada a través de la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad y que, al igual que las personas mayores, estén dentro del 70% del RSH. Adicionalmente, se introdujeron mejoras como otorgar puntaje adicional para quienes sean o tengan en su núcleo familiar a “personas cuidadoras” inscritas en el RSH y se modificaron los puntajes por tramo de edad, considerando puntajes más altos a mayor edad de la persona que postula.

Al respecto, la seremi Minvu Valparaíso, Belén Paredes, destacó que, “lo más importante de este llamado especial para personas mayores es que el ministerio ha ido incorporando y mejorando las condiciones para abrir este subsidio y que pueda llegar a más persona. En esta oportunidad consideramos a las personas que tienen discapacidad para que puedan postular, esto es un gran avance, ya que damos cobertura a otras familias y a otras personas. Estamos muy contentas de este inicio del llamado y convocamos a todas las personas a ser parte del”.

Asimismo, destalló que, “las personas cuidadoras tendrán un puntaje adicional al momento de postular a este subsidio. De esta forma, hacemos un llamado a todas las personas para que se informen por nuestros canales oficiales, a acudir a las oficinas de Serviu, y por supuesto, estar atentos a nuestras redes sociales para informase sobre este llamado especial, y también de toda la política habitacional que estamos implementado como Minvu”.

En esta misma línea, el director regional de Serviu, Rodrigo Uribe, enfatizó en, “hacemos un llamado a las personas mayores y/o con discapacidad, para que postulen al subsidio de arriendo para personas mayores y personas con discapacidad. Este es un subsidio especial que forma parte del Programa para Arriendo de Vivienda y que tiene como fecha de postulación hasta el 31 de agosto de 2023, el cual se puede hacer de forma presencial en las oficinas de Serviu o en línea a través de www.minvu.cl con Clave Única”.

“Este beneficio permite cubrir entre un 90% a un 95% del valor del arriendo mensual de una vivienda a personas mayores de 60 años o que presentan una discapacidad acreditada en el Registro Nacional de la Discapacidad, sin importar su edad. Cabe señalar que para este año se considera puntaje adicional, ya sea por edad, discapacidad y/o ser o contar con integrantes en el núcleo familiar inscritos como «Persona Cuidadora» en el Registro Social de Hogares. Es importante también recalcar que no requiere estar arrendando al momento de postular”, finalizó el director.

Requisitos de postulación:

  • Ser adulto mayor, tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario. Lo anterior se acreditará presentando Cédula de Identidad vigente. O contar con una discapacidad acreditada a través de la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad a que se refiere el Título V de la Ley Nº 20.422, sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.
  • Pertenecer hasta el 70% de la población más vulnerable de la población nacional de acuerdo a su RSH.
  • Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF, equivalente a la pensión garantizada universal vigente.
  • No se debe contar con ahorro mínimo.
  • Junto con los factores de puntaje regulares se otorgará un puntaje adicional por edad, discapacidad, por tener la calidad de personas cuidadoras dentro del núcleo familiar.

Beneficios:

  • Monto de subsidio diferenciado por vulnerabilidad de acuerdo al RSH del Adulto Mayor beneficiado. Cobertura del 90% al 95% de la renta mensual de arriendo y copago mensual del beneficiario de entre 5% al 10% de la renta mensual de arriendo.
  • Monto único de 1 UF adicional para financiar los gastos operacionales generados de la formalización del contrato (certificados y gastos notariales).

Este llamado especial exime de:

  • Contar con ahorro
  • La prohibición de encontrarse postulando al Fondo Solidario de Elección de Vivienda
  • La prohibición de tener derecho en comunidad sobre una vivienda. el postulante, su cónyuge y su núcleo familiar.
  • La prohibición de haber obtenido anteriormente una vivienda o subsidio habitacional. No siendo actualmente propietario de la vivienda.
  • La prohibición de haber sido beneficiario anteriormente de un subsidio de arriendo, si este beneficio se encuentra en estado caducado y sin deuda vigente.
  • Del plazo de vigencia máximo del subsidio de 8 años, en el caso que se esté aplicando el beneficio hasta agotar la totalidad del subsidio.
  • De contar con núcleo familiar (para personas con discapacidad que no sean adultos mayores)

 

Ver además

Educadoras de párvulo son profesionales clave en el acompañamiento del desarrollo infantil

Este 22 de noviembre es una fecha especial que nos invita a reconocer el trabajo …