Un muelle para las actividades de la pesca artesanal y una explanada para operación y varado de botes, forman parte de la nueva infraestructura para la pesca artesanal que construirá el Ministerio de Obras Públicas en Caleta Ventanas de Puchuncaví.
La Contraloría ya tomó razón de las obras que serán ejecutadas por la Dirección de Obras Portuarias MOP y tienen una inversión de más de $2 mil 500 millones.
El secretario regional ministerial de Obras Públicas, Rodrigo Sepúlveda explicó que los trabajos consideran infraestructura definitiva para el apoyo de las actividades productivas de los pescadores.
“Se construirá un muelle con sus accesos e implementos necesarios para las labores de la pesca artesanal como chazas y una grúa de 6,5 toneladas de levante, que va a mejorar el trabajo que realizan hoy a mano los pescadores; también se incluye el camino de acceso y una explanada de 1950 metros cuadrados para la operación y varado de los botes. Este proyecto está beneficiando y potenciando la actividad productiva y turística de la zona y trabajaremos para que su ejecución se realice de acuerdo a lo proyectado y en los plazos definidos en beneficio de los pescadores y habitantes de Puchuncaví”, dijo el seremi.
La gobernadora de Valparaíso, María de los Ángeles de la Paz destacó que el proyecto fomenta el desarrollo del sector.
«Es una muy buena noticia para la comuna de Puchuncaví, que tiene esta característica que además es caleta. Va a fomentar las actividades de la pesca artesanal, su operación y varado de botes. Forma parte de un proyecto de infraestructura del MOP que apunta directamente al desarrollo de la actividad pesquera en Ventanas y Puchuncaví y por lo tanto, es muy importante la noticia», dijo la autoridad provincial.
Tras la toma de razón del contrato por parte de Contraloría, la empresa a cargo de las obras, deberá cumplir con los trámites administrativos requeridos, instalar sus faenas e iniciar la tan esperada construcción en la localidad de Ventanas.
Los trabajos tienen como fecha de término junio de 2019.