Este jueves entró en vigencia en todo el territorio nacional la nueva ley que regula el desarrollo armónico e integral de las 461 caletas existentes en Chile, más conocida como “Ley de Caletas”. Normativa N° 21.027, publicada en el Diario Oficial, que fortalece las capacidades productivas, económicas y sociales de las organizaciones de pesca artesanal en los espacios costeros.
El subsecretario de la cartera de pesca y acuicultura, Pablo Berazaluce, destacó que la nueva ley forma parte del compromiso asumido por el Gobierno de la presidenta Michelle Bachelet en el año 2015, con el desarrollo de las comunidades pesqueras del país. “Gracias a la entrada en vigencia de esta normativa las organizaciones podrán –por primera vez- proyectarse en un periodo de 30 años en actividades productivas ya sea a través de emprendimientos locales que les permitan mayor diversificación, tal es el caso del turismo sustentable, salas de procesos y puestos de venta de productos del mar, artesanía local y gastronomía, como la posibilidad de una mayor inversión en infraestructura”.
La autoridad sectorial agregó además que “al ser considerados dueños de la caleta –por concesión- se les garantiza la libre navegación y acceso a las playas”.
Por su parte, Zoila Bustamante, presidenta de la Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile (Conapach) valoró el compromiso del ejecutivo “por sacar adelante este histórico proyecto largamente esperado por las caletas rurales y urbanas de Chile”. A su vez destacó que “la normativa que por sobre todas las cosas busca agilizar los procesos y trámites de regulación de administración, entregándole mayores oportunidades de crecimiento y trabajo a nuestra gente”.
Ley de Caletas
Desde hoy las organizaciones de pesca artesanal del país podrán solicitar al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), la destinación marítima por un periodo de 30 años sobre los espacios costeros(dependientes del Ministerio de Defensa) , así como la concesión de los bienes fiscales colindantes con estos espacios, los que, además, contarán con la infraestructura portuaria construida en apoyo a la pesca artesanal.
Una vez entregada esta destinación, Sernapesca notificará a las organizaciones que operan en cada caleta, debidamente inscritas en el Registro Pesquero Artesanal u operativas al momento de promulgación de la ley, para que estas manifiesten su intención de acceder a la administración de estos espacios.
Asimismo, las organizaciones deberán presentar un plan de administración para la caleta, y si corresponde, un plan de conservación y mantenimiento de obras portuarias.
Una vez aprobado el plan de administración, el servicio suscribirá un convenio de uso con las organizaciones por los 30 años que dura la destinación. Para garantizar el cumplimiento del plan de administración, las organizaciones deberán remitir al servicio un informe de seguimiento.
Las caletas que cuenten con la concesión podrán realizar labores extractivas, de transformación, pesca recreativa, acuicultura de pequeña escala, y otras actividades productivas, comerciales, culturales relacionadas, como puesto de venta de productos del mar, artesanía local, gastronomía u otros.